fundamento

Código Fiscal de la Federación

Artículo 114-A: Prisión a servidor público que amenaza con denunciar a contribuyentes

En pocas palabras

Se sanciona con prisión de uno a cinco años al servidor público que amenace de cualquier modo a un contribuyente, a sus representantes o dependientes, con formular una denuncia, querella o declaratoria al ministerio público, por sí o por medio de su dependencia, para que se ejercite acción penal por la posible comisión de delitos fiscales. La sanción se aumenta hasta por una mitad más de la aplicable al servidor público que promueva o gestione una querella o denuncia notoriamente improcedente.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

- Se sancionará con prisión de uno a cinco años al servidor público que amenazare de cualquier modo a un contribuyente o a sus representantes o dependientes, con formular por sí o por medio de la dependencia de su adscripción, una denuncia, querella o declaratoria al ministerio público para que se ejercite acción penal por la posible comisión de delitos fiscales.

Se aumentará la sanción hasta por una mitad más de la que resulte aplicable, al servidor público que promueva o gestione una querella o denuncia notoriamente improcedente.

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