Código Fiscal de la Federación
Artículo 194: Aplicación del producto del remate de bienes
En pocas palabras
El dinero que se obtenga del remate, la enajenación o la adjudicación de los bienes al fisco se usa para cubrir el crédito fiscal. Se aplica en el orden que establece el artículo 20 del mismo Código.
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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
- El producto obtenido del remate, enajenación o adjudicación de los bienes al fisco, se aplicará a cubrir el crédito fiscal en el orden que establece el Artículo 20 de este Código.