fundamento

Código Fiscal de la Federación

Artículo 84-C: Infracciones de usuarios y cuentahabientes al dar sus datos

En pocas palabras

Es infracción de los usuarios de los servicios y de los cuentahabientes de las instituciones de crédito a que se refiere el último párrafo del artículo 30-A del Código no proporcionar, total o parcialmente, la información que les soliciten los prestadores de servicios y las instituciones de crédito. Esa información es su nombre, denominación o razón social, domicilio y clave del RFC o los datos para formarla o la que la sustituya. También es infracción dar datos incorrectos o falsos.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

- Son infracciones de los usuarios de los servicios, así como de los cuentahabientes de las instituciones de crédito a que se refiere el último párrafo del Artículo 30-A de este Código, la omisión total o parcial de la obligación de proporcionar la información relativa a su nombre, denominación o razón social, domicilio, clave del registro federal de contribuyentes o los datos que se requieran para formar dicha clave o la que la sustituya, que les soliciten los prestadores de servicios y las instituciones de crédito, así como proporcionar datos incorrectos o falsos.

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