fundamento

Código Fiscal de la Federación

Artículo 84-E: Infracción de empresas de factoraje por notificación de créditos

En pocas palabras

Las empresas de factoraje financiero y las sociedades financieras de objeto múltiple incurren en infracción si no notifican la transmisión de créditos hecha en virtud de un contrato de factoraje financiero, o si se niegan a recibir esa notificación. Esto aplica en relación con las obligaciones de los párrafos primero y segundo del artículo 32-C del Código.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Se considera infracción en la que pueden incurrir las empresas de factoraje financiero y las sociedades financieras de objeto múltiple en relación a las obligaciones a que se refieren el primero y segundo párrafos del Artículo 32-C de este Código, el no efectuar la notificación de la transmisión de créditos operada en virtud de un contrato de factoraje financiero, o el negarse a recibir dicha notificación.

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