Código Fiscal de la Federación
Artículo 84-J: Multa a personas morales por estados de cuenta no emitidos
En pocas palabras
A las personas morales que cometan la infracción a que se refiere el artículo 84-I de este Código, se les impone una multa de $140.00 a $260.00. La multa se aplica por cada estado de cuenta no emitido en términos del artículo 32-E de este Código.
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A las personas morales que cometan la infracción a que se refiere el artículo 84-I de este Código, se les impondrá una multa de $140.00 a $260.00 por cada estado de cuenta no emitido en términos del artículo 32-E de este Código.