Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
Artículo 5-C: Cobro efectivo de contraprestaciones del IEPS
En pocas palabras
Para efectos de esta ley, se considera que las contraprestaciones de los actos o actividades gravadas se cobran efectivamente cuando se den los supuestos que establece la Ley del Impuesto al Valor Agregado. El artículo no enumera esos supuestos: remite a la Ley del IVA para determinarlos.
Preguntas relacionadas
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- ¿Qué ley define el cobro efectivo de las contraprestaciones en el IEPS?
- ¿Se aplican las reglas del IVA para el cobro efectivo de contraprestaciones en el IEPS?
Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos de esta Ley, se considera que se cobran efectivamente las contraprestaciones correspondientes a los actos o actividades gravadas, cuando se realicen los supuestos que para tal efecto se establecen en la Ley del Impuesto al Valor Agregado.