fundamento

Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

Artículo 5-C: Cobro efectivo de contraprestaciones del IEPS

En pocas palabras

Para efectos de esta ley, se considera que las contraprestaciones de los actos o actividades gravadas se cobran efectivamente cuando se den los supuestos que establece la Ley del Impuesto al Valor Agregado. El artículo no enumera esos supuestos: remite a la Ley del IVA para determinarlos.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos de esta Ley, se considera que se cobran efectivamente las contraprestaciones correspondientes a los actos o actividades gravadas, cuando se realicen los supuestos que para tal efecto se establecen en la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

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