Ley del Impuesto al Valor Agregado
Artículo 12: Valor para calcular el IVA en enajenaciones
En pocas palabras
Para calcular el impuesto en las enajenaciones, el valor que se toma es el precio o la contraprestación pactados. A ese valor se suman las cantidades que además se carguen o cobren al adquirente por otros impuestos, derechos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto.
Preguntas relacionadas
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- ¿Se suman otros impuestos y derechos cobrados al comprador al precio para calcular el IVA?
Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para calcular el impuesto tratándose de enajenaciones se considerará como valor el precio o la contraprestación pactados, así como las cantidades que además se carguen o cobren al adquirente por otros impuestos, derechos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto.