fundamento

Ley del Impuesto al Valor Agregado

Artículo 16: Cuándo un servicio se presta en territorio nacional

En pocas palabras

Para efectos de esta Ley, un servicio se presta en territorio nacional cuando un residente en el país lo lleva a cabo, total o parcialmente. En transporte internacional se considera prestado en territorio nacional, sin importar la residencia del porteador, cuando el viaje inicia aquí, incluso si es de ida y vuelta. En transportación aérea internacional se considera prestado solo el 25% del servicio en territorio nacional, igual que a poblaciones en la franja fronteriza de 20 kilómetros. Hay reglas para servicios digitales y para intereses de crédito por tarjetas.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos de esta Ley, se entiende que se presta el servicio en territorio nacional cuando en el mismo se lleva a cabo, total o parcialmente, por un residente en el país.

En el caso de transporte internacional, se considera que el servicio se presta en territorio nacional independientemente de la residencia del porteador, cuando en el mismo se inicie el viaje, incluso si éste es de ida y vuelta.

Tratándose de transportación aérea internacional, se considera que únicamente se presta el 25% del servicio en territorio nacional. La transportación aérea a las poblaciones mexicanas ubicadas en la franja fronteriza de 20 kilómetros paralela a las líneas divisorias internacionales del norte y sur del país, gozará del mismo tratamiento.

Tratándose de los servicios digitales a que se refiere el artículo 18-B de esta Ley, prestados por residentes en el extranjero sin establecimiento en México, se considera que el servicio se presta en territorio nacional cuando el receptor del servicio se encuentre en dicho territorio y se estará a lo dispuesto en el Capítulo III BIS del presente ordenamiento.

En el caso de intereses y demás contraprestaciones que paguen residentes en México a los residentes en el extranjero que otorguen crédito a través de tarjetas, se entiende que se presta el servicio en territorio nacional cuando en el mismo se utilice la tarjeta.

Texto oficial en PDF