Reglamento del Código Fiscal de la Federación
Artículo 11: Notificación por buzón tributario en día inhábil
En pocas palabras
Aplica para los efectos del artículo 17-K, fracción I del Código. Si el contribuyente ingresa a su buzón tributario a consultar documentos digitales pendientes de notificar en día u hora inhábil, y genera el acuse de recibo electrónico, la notificación se tiene por practicada al día hábil siguiente.
Preguntas relacionadas
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- ¿Qué pasa si consulto mi buzón tributario fuera de horario hábil y genero el acuse de recibo?
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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos del artículo 17-K, fracción I del Código, en caso de que el contribuyente ingrese a su buzón tributario para consultar los documentos digitales pendientes de notificar en día u hora inhábil, generando el acuse de recibo electrónico, la notificación se tendrá por practicada al día hábil siguiente.