fundamento

Reglamento del Código Fiscal de la Federación

Artículo 2: Plazo y forma de presentar avisos fiscales

En pocas palabras

Las solicitudes, declaraciones y avisos ante las autoridades fiscales se presentan según las disposiciones aplicables y, en su caso, los procedimientos de este Reglamento y las reglas del SAT. Los avisos van junto con la declaración del ejercicio del impuesto sobre la renta, salvo que otra disposición fije un plazo distinto. Si no hay obligación de presentar esa declaración, o si se trata de avisos de aportaciones de seguridad social sin plazo propio, son quince días siguientes a que se actualice el supuesto o hecho que lo motive. Si la forma oficial de la declaración lo señala expresamente, no se presenta el aviso por separado.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

La obligación de presentar solicitudes, declaraciones y avisos ante las Autoridades Fiscales se llevará a cabo en los términos de las disposiciones fiscales aplicables y, en su caso, conforme a los procedimientos que se establezcan en este Reglamento y en las reglas de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria.

Los avisos deberán presentarse conjuntamente con la declaración del ejercicio del impuesto sobre la renta, a menos que en las disposiciones respectivas se establezca un plazo distinto para hacerlo o que no exista obligación de presentar dicha declaración; en este último caso, la presentación de los avisos deberá efectuarse dentro de los quince días siguientes a aquél en que se actualice el supuesto jurídico o el hecho que lo motive.

Tratándose de avisos relacionados con aportaciones de seguridad social, si en las disposiciones respectivas no se establece un plazo para su presentación, la misma deberá efectuarse dentro de los quince días siguientes a aquél en que se actualice el supuesto jurídico o el hecho que lo motive.

Cuando así se señale expresamente al aprobar la forma oficial de la declaración que incluya la información requerida por el aviso de que se trate, los contribuyentes no presentarán dicho aviso de manera independiente.

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