Reglamento del Código Fiscal de la Federación
Artículo 63: Artículo usado recibido como parte del precio
En pocas palabras
Aplica para los efectos del artículo 58-A del Código. Cuando el contribuyente recibe como parte del precio un artículo usado y después lo enajena con pérdida, las Autoridades Fiscales deben considerar la operación global. Con ello determinan si existe enajenación a costo de adquisición o a menos de dicho costo.
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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos del artículo 58-A del Código, cuando el contribuyente reciba como parte del precio un artículo usado que después enajene con pérdida, las Autoridades Fiscales deberán considerar la operación global para determinar si existe enajenación a costo de adquisición o a menos de dicho costo.