Reglamento del Código Fiscal de la Federación
Artículo 99: Facultades del interventor con cargo a la caja
En pocas palabras
Para efectos de los artículos 153, 164 y 165 del Código, el interventor con cargo a la caja puede acceder a la información contable, fiscal y financiera de la negociación intervenida, y requerirla actualizada a la fecha del inicio de la intervención, con un plazo de hasta cinco días. También puede consultar los estados de cuentas bancarias e inversiones, incluso cuentas canceladas, y exigir, cuando proceda, la presencia del titular o representante legal. Los contribuyentes intervenidos deben darle facilidades, incluido el acceso a domicilio fiscal, establecimientos y lugares de negocios, y entregar la información que se les pida.
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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos de los artículos 153, 164 y 165 del Código, el interventor con cargo a la caja tendrá las siguientes facultades:
I. Tener acceso a toda la información contable, fiscal y financiera de la negociación intervenida, a fin de tener conocimiento del manejo de las operaciones que ella realice, pudiendo requerir todo tipo de información que esté relacionada con la negociación intervenida, actualizada a la fecha del inicio de la intervención, señalando para ello un plazo de hasta cinco días;
II. Tener acceso a toda la información relativa a los estados de las cuentas bancarias y de las inversiones que la negociación tenga abiertas, inclusive la relativa a las cuentas bancarias que se encuentren canceladas, a fin de verificar y controlar los movimientos que impliquen retiros, traspasos, transferencia, pagos o reembolsos, y
III. Exigir, cuando proceda, la presencia de la persona que sea titular de la negociación o que tenga acreditada la representación legal de la misma, en términos de los artículos 19 del Código y 13 de este Reglamento.
Los contribuyentes intervenidos estarán obligados a brindar al interventor todas las facilidades necesarias para el ejercicio de sus facultades, incluyendo el acceso a su domicilio fiscal, establecimientos, sucursales, locales o cualquier lugar de negocios en donde se desarrollen total o parcialmente las actividades, así como a entregar la información que les sea requerida.