Reglamento de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
Artículo 13: Traslado del impuesto al enajenar alcohol
En pocas palabras
Los contribuyentes que enajenen alcohol o alcohol desnaturalizado pueden expedir comprobantes en los que el impuesto causado por esa enajenación aparezca trasladado de forma expresa y por separado. Esto es posible siempre que el adquirente así lo solicite.
Preguntas relacionadas
- ¿Se puede trasladar el IEPS por separado en la venta de alcohol?
- ¿Cuándo puedo pedir que el IEPS aparezca desglosado en la factura de alcohol desnaturalizado?
- ¿Qué contribuyentes pueden expedir comprobantes con el impuesto trasladado por separado al vender alcohol?
Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Los contribuyentes que enajenen alcohol o alcohol desnaturalizado, podrán expedir comprobantes con el traslado en forma expresa y por separado del impuesto causado por la enajenación de tales bienes, siempre que el adquirente así lo solicite.