fundamento

Reglamento de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

Artículo 13: Traslado del impuesto al enajenar alcohol

En pocas palabras

Los contribuyentes que enajenen alcohol o alcohol desnaturalizado pueden expedir comprobantes en los que el impuesto causado por esa enajenación aparezca trasladado de forma expresa y por separado. Esto es posible siempre que el adquirente así lo solicite.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Los contribuyentes que enajenen alcohol o alcohol desnaturalizado, podrán expedir comprobantes con el traslado en forma expresa y por separado del impuesto causado por la enajenación de tales bienes, siempre que el adquirente así lo solicite.

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