fundamento

Reglamento de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

Artículo 16: Precintos en transporte de bebidas alcohólicas a granel

En pocas palabras

Los contribuyentes que transporten bebidas alcohólicas a granel deben adherir precintos a los envases o recipientes. Los precintos van en todas las entradas y salidas por donde se puedan cargar o descargar esas bebidas. Esta obligación se establece para los efectos del artículo 19, fracción V de la Ley.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos del artículo 19, fracción V de la Ley, los contribuyentes que transporten bebidas alcohólicas a granel deberán adherir precintos a los envases o recipientes, en todas las entradas y salidas por donde se puedan cargar o descargar dichas bebidas.

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