Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Artículo 115: Contabilidad de establecimientos en el extranjero
En pocas palabras
Para efectos del artículo 76, fracción XVII de la Ley, aplica a los contribuyentes residentes en el país que tengan establecimientos en el extranjero. Deben llevar en esos establecimientos, cuando menos, los libros de contabilidad y registros a que estén obligados los contribuyentes conforme al Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.
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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para efectos del artículo 76, fracción XVII de la Ley, los contribuyentes residentes en el país que tengan establecimientos en el extranjero, deberán llevar en dichos establecimientos cuando menos los libros de contabilidad y registros a que estén obligados los contribuyentes de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.