Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Artículo 158: Traspaso de recursos entre afores y sociedades de inversión
En pocas palabras
Para efectos del artículo 93, fracción XXVII de la Ley, se le da el tratamiento que esa fracción establece al traspaso de recursos entre sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro o entre administradoras de fondos para el retiro. Esto aplica a recursos de subcuentas como las de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y de aportaciones voluntarias, entre otras, cuando el traspaso se hace conforme a las leyes de seguridad social o a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. También aplica al traspaso de la subcuenta de aportaciones voluntarias a la de aportaciones complementarias de retiro.
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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para efectos del artículo 93, fracción XXVII de la Ley, se dará el tratamiento establecido en dicha fracción, al traspaso de recursos entre sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro o entre administradoras de fondos para el retiro, provenientes de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, de aportaciones complementarias de retiro, de aportaciones voluntarias y de ahorro a largo plazo, de cuentas de ahorro para el retiro, del seguro de retiro y de fondos de previsión social, que se realice de conformidad con las leyes de seguridad social o de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, así como al traspaso de recursos de la subcuenta de aportaciones voluntarias a la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro a las que se refiere la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.