Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Artículo 2: Plazos y formas para presentar avisos fiscales
En pocas palabras
Cuando la Ley del Impuesto sobre la Renta o su Reglamento obliguen a presentar avisos ante las autoridades fiscales, los avisos deben presentarse en los plazos y formas que establecen el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y las disposiciones de carácter general que emita el SAT. El artículo no fija plazos ni formas propios, solo remite a esas normas.
Preguntas relacionadas
- ¿En qué plazos y formas se presentan los avisos ante el SAT según la Ley del ISR?
- ¿Qué normas regulan cómo presentar avisos fiscales cuando lo exige el Reglamento de la Ley del ISR?
- ¿Dónde se establecen los plazos para presentar avisos ante las autoridades fiscales?
Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Cuando la Ley o este Reglamento señalen la obligación de presentar avisos ante las autoridades fiscales, éstos deberán presentarse en los plazos y formas que establecen el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y las disposiciones de carácter general que al efecto emita el SAT.