Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Artículo 243: Requisitos fiscales de comprobantes de deducciones personales
En pocas palabras
Para efectos del artículo 147, fracción IV de la Ley, los comprobantes de las deducciones reúnen los requisitos fiscales cuando fueron expedidos de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, y con el artículo 199 de este Reglamento, según sea el caso. Para esa misma fracción también aplica lo dispuesto en el artículo 41 de este Reglamento.
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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para efectos del artículo 147, fracción IV de la Ley, los comprobantes de las deducciones reúnen los requisitos fiscales, cuando han sido expedidos de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento y con el artículo 199 de este Reglamento, según sea el caso.
Igualmente será aplicable para efectos de la citada fracción lo dispuesto en el artículo 41 de este Reglamento.