fundamento

Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Artículo 27: Acciones de emisora extranjera en reestructura de grupo

En pocas palabras

Para efectos del artículo 24, párrafo primero de la Ley, la sociedad emisora de las acciones no tiene que estar constituida en México. Esto aplica siempre que las sociedades enajenante y adquirente estén constituidas en México, acrediten pertenecer a un mismo grupo y se cumplan los requisitos que establecen la Ley y este Reglamento.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para efectos del artículo 24, párrafo primero de la Ley, la sociedad emisora de las acciones no requiere estar constituida en México, siempre que las sociedades enajenante y adquirente estén constituidas en México, acrediten pertenecer a un mismo grupo y se cumplan los requisitos a que se refieren la Ley y este Reglamento.

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