Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Artículo 9: Créditos de uniones de crédito y cooperativas de ahorro y préstamo
En pocas palabras
Tratándose de uniones de crédito y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, las personas físicas y morales que reciben créditos de ellas no se consideran partes relacionadas de las uniones o sociedades. Esto aplica para efectos del artículo 11 de la Ley. La razón es que, según la legislación que regula a estas uniones y sociedades, para acceder a un crédito es necesario ser socio o integrante.
Preguntas relacionadas
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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Tratándose de uniones de crédito y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, para efectos del artículo 11 de la Ley, no se consideran partes relacionadas las personas físicas y las personas morales que reciban créditos de dichas uniones o sociedades, ya que conforme a las disposiciones de la legislación que las regula, para acceder a un crédito de dichas uniones o sociedades, es necesario ser socio o integrante de las mismas.