Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado
Artículo 26: Obsequios de empresas sin pago de IVA
En pocas palabras
Para los efectos del artículo 8o., segundo párrafo de la Ley, las empresas no están obligadas a pagar el impuesto por las transmisiones de propiedad que hagan como obsequios. Esto aplica siempre que los obsequios sean deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos del artículo 8o., segundo párrafo de la Ley, se consideran transmisiones de propiedad realizadas por las empresas por las que no se está obligado al pago del impuesto, los obsequios que efectúen, siempre que sean deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.