Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado
Artículo 42: Reembolso de contribuciones pagadas por cuenta del cliente
En pocas palabras
Para efectos del artículo 18 de la Ley, cuando quienes prestan servicios pagan contribuciones, con sus accesorios, por cuenta y a nombre del prestatario del servicio, el reembolso de esas contribuciones no forma parte del valor de sus servicios. El impuesto trasladado en los términos de la Ley no se considera parte de las contribuciones a las que se refiere este precepto.
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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos del artículo 18 de la Ley, cuando las personas que prestan servicios paguen por cuenta y a nombre del prestatario del servicio las contribuciones incluyendo sus accesorios, el reembolso por las mismas no formará parte del valor de sus servicios. El impuesto trasladado en los términos de la Ley no forma parte de las contribuciones a que se refiere este precepto.