fundamento

Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

Artículo 59: Servicios de publicidad considerados exportados

En pocas palabras

Para los efectos del artículo 29, fracción IV, inciso c) de la Ley del IVA, se considera que los servicios de publicidad son exportados. Esto ocurre en la proporción en que dichos servicios sean aprovechados en el extranjero.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos del artículo 29, fracción IV, inciso c) de la Ley, se considera que son exportados los servicios de publicidad, en la proporción en que dichos servicios sean aprovechados en el extranjero.

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