fundamento

Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

Artículo 77: Facilidades administrativas del SAT en materia de IVA

En pocas palabras

Para cumplir las obligaciones que establece la Ley del IVA, el Servicio de Administración Tributaria podrá otorgar facilidades administrativas mediante reglas de carácter general. Esto aplica a los sectores de contribuyentes a quienes ya se les otorgan facilidades administrativas para efectos del impuesto sobre la renta. El texto dice que el SAT 'podrá' otorgarlas, no que esté obligado a hacerlo.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos de las obligaciones establecidas en la Ley, el Servicio de Administración Tributaria podrá otorgar facilidades administrativas mediante reglas de carácter general para el cumplimiento de las obligaciones mencionadas, tratándose de los sectores de contribuyentes a quienes se les otorgan facilidades administrativas para los efectos del impuesto sobre la renta.

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