Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 10.28: Asignaciones, contratos, permisos, acreditaciones o reconocimientos otorgados o celebrados con anterioridad a la entrada en vigor de la LSH
En pocas palabras
A los contribuyentes con asignaciones y Contratos para la Exploración y Extracción de hidrocarburos otorgados o celebrados antes de la entrada en vigor de la LSH les siguen aplicando las reglas 2.6.1.2., 10.5., 10.6., 10.16. y 10.27., y la 10.8. en relación con el Octavo transitorio, cuarto párrafo, de la Ley de la CNE, hasta que concluya la vigencia de esas asignaciones y contratos. A los permisos de la industria de Hidrocarburos, acreditaciones o reconocimientos emitidos antes de esas leyes les siguen aplicando las reglas 2.6.1.2., 2.6.1.6., 2.7.7.2.4., 3.3.1.8., 3.3.1.10., 11.6.1. y 11.7.1., mientras mantengan su vigencia en los términos otorgados.
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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos del artículo Décimo transitorio de la LSH, seguirá siendo aplicable lo establecido en las reglas 2.6.1.2., 10.5., 10.6., 10.16. y 10.27., así como la regla 10.8., en relación con el Octavo transitorio, cuarto párrafo de la Ley de la CNE, a los contribuyentes que cuenten con asignaciones y Contratos para la Exploración y Extracción de hidrocarburos que se hubieran otorgado o celebrado con anterioridad a la entrada en vigor de la LSH, hasta que las asignaciones y contratos mencionados concluyan con su vigencia.
Asimismo, para los efectos de los artículos Décimo Tercero transitorio de la LSH y Octavo transitorio de la Ley de la CNE, respecto a los permisos para llevar a cabo las actividades de la industria de Hidrocarburos, así como las acreditaciones o reconocimientos emitidos con anterioridad a la entrada en vigor de las Leyes referidas, seguirá siendo aplicable lo establecido en las reglas 2.6.1.2., 2.6.1.6., 2.7.7.2.4., 3.3.1.8., 3.3.1.10., 11.6.1. y 11.7.1. hasta en tanto mantengan su vigencia en los términos otorgados.
LSH Transitorios Décimo, Décimo Tercero, Ley de la Comisión Nacional de Energía Transitorio Octavo, RMF 2.6.1.2., 2.6.1.6., 2.7.7.2.4., 3.3.1.8., 3.3.1.10.,10.5., 10.6., 10.8., 10.16., 10.27., 11.6.1., 11.7.1.