fundamento

Resolución Miscelánea Fiscal para 2026

Regla 11.11.1: Aplicación del estímulo en materia del ISR

En pocas palabras

Esta regla precisa desde cuándo se aplica el estímulo del ISR previsto en el Decreto, respecto de los ingresos por las actividades económicas productivas realizadas al interior de los PODEBI. Puede aplicarse a partir del ejercicio fiscal en que se obtenga la constancia. Sus beneficios se aplican desde la fecha en que se deba presentar el pago provisional del ISR del mes en que se obtenga esa constancia.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos de los artículos Sexto, quinto párrafo del Decreto a que se refiere este Capítulo, se podrá aplicar el estímulo en materia de ISR, respecto de los ingresos obtenidos por las actividades económicas productivas a que se refiere el artículo Tercero del citado Decreto, realizadas al interior de los PODEBI, a partir del ejercicio fiscal en que se obtenga la constancia a que se refiere el artículo Segundo, cuarto párrafo del citado Decreto. Los beneficios del estímulo a que se refiere el artículo Sexto, quinto párrafo del aludido Decreto, se podrán aplicar a partir de la fecha en que se tenga la obligación de presentar el pago provisional del ISR que corresponda al mes en el cual se obtenga la constancia a que se refiere el artículo Segundo, cuarto párrafo del Decreto.

Decreto PODEBI DOF 05/06/2023 Segundo, Sexto

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