fundamento

Resolución Miscelánea Fiscal para 2026

Regla 11.11.12: Procedimiento para la aplicación del estímulo en pagos mensuales definitivos de IVA

En pocas palabras

Los contribuyentes que apliquen en sus pagos mensuales definitivos el estímulo fiscal del artículo Décimo del Decreto de este Capítulo deben declararlo en los campos prellenados de las declaraciones definitivas correspondientes. Lo hacen con la información de los CFDI emitidos y recibidos de tipo ingreso y de pago que contengan la clave “05” “Sí objeto del impuesto, IVA crédito PODEBI”, conforme a la regla 11.11.11., en el periodo de pago. Los campos se denominan “Valor de los actos o actividades emitidos…” y “Valor de los actos o actividades recibidos…”, respectivamente.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos del artículo Décimo del Decreto a que se refiere este Capítulo, los contribuyentes que apliquen en sus pagos mensuales definitivos el estímulo fiscal a que se refiere dicha disposición, deberán declararlo en los campos prellenados de las declaraciones definitivas correspondientes, con la información de los CFDI emitidos y recibidos de tipo ingreso y de pago que contengan la clave “05” “Sí objeto del impuesto, IVA crédito PODEBI”, conforme a la regla 11.11.11., en el periodo de pago, denominados “Valor de los actos o actividades emitidos al que aplica al estímulo fiscal por actividades económicas productivas al Interior de los PODEBI” y “Valor de los actos o actividades recibidos al que aplica al estímulo fiscal por actividades económicas productivas al Interior de los PODEBI”, respectivamente.

Decreto PODEBI DOF 05/06/2023 Décimo, RMF 11.11.11.

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