Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 11.11.12: Procedimiento para la aplicación del estímulo en pagos mensuales definitivos de IVA
En pocas palabras
Los contribuyentes que apliquen en sus pagos mensuales definitivos el estímulo fiscal del artículo Décimo del Decreto de este Capítulo deben declararlo en los campos prellenados de las declaraciones definitivas correspondientes. Lo hacen con la información de los CFDI emitidos y recibidos de tipo ingreso y de pago que contengan la clave “05” “Sí objeto del impuesto, IVA crédito PODEBI”, conforme a la regla 11.11.11., en el periodo de pago. Los campos se denominan “Valor de los actos o actividades emitidos…” y “Valor de los actos o actividades recibidos…”, respectivamente.
Preguntas relacionadas
- ¿Cómo declaro el estímulo fiscal PODEBI en mi pago mensual definitivo de IVA?
- ¿Qué CFDI se usan para declarar el estímulo de IVA crédito PODEBI?
- ¿En qué campos de la declaración definitiva se captura el valor de los actos o actividades del estímulo PODEBI?
Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos del artículo Décimo del Decreto a que se refiere este Capítulo, los contribuyentes que apliquen en sus pagos mensuales definitivos el estímulo fiscal a que se refiere dicha disposición, deberán declararlo en los campos prellenados de las declaraciones definitivas correspondientes, con la información de los CFDI emitidos y recibidos de tipo ingreso y de pago que contengan la clave “05” “Sí objeto del impuesto, IVA crédito PODEBI”, conforme a la regla 11.11.11., en el periodo de pago, denominados “Valor de los actos o actividades emitidos al que aplica al estímulo fiscal por actividades económicas productivas al Interior de los PODEBI” y “Valor de los actos o actividades recibidos al que aplica al estímulo fiscal por actividades económicas productivas al Interior de los PODEBI”, respectivamente.
Decreto PODEBI DOF 05/06/2023 Décimo, RMF 11.11.11.