Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 11.11.6: Pérdida del derecho para aplicar los estímulos fiscales en materia del ISR e IVA
En pocas palabras
Para efectos de los artículos Sexto, cuarto párrafo y Décimo, séptimo párrafo del Decreto de este Capítulo, se pierde el derecho a aplicar los créditos fiscales cuando, teniendo impuesto causado o a pagar, no se aplican en la declaración normal o en la complementaria de “Obligación no presentada”, del ejercicio o mensual de pago provisional o definitivo, según se trate. La pérdida solo afecta al ejercicio fiscal o al mes en que no se aplicó el estímulo, y no podrá aplicarse después en otro ejercicio o mes.
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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos de los artículos Sexto, cuarto párrafo y Décimo, séptimo párrafo del Decreto a que se refiere este Capítulo, se entenderá que se pierde el derecho a aplicar los estímulos fiscales, consistentes en los créditos fiscales establecidos en los citados artículos, cuando en la declaración normal o en la declaración complementaria de “Obligación no presentada”, del ejercicio o mensual de pago provisional o definitivo, según se trate, teniendo impuesto causado o a pagar, respectivamente, no se apliquen los citados créditos; la pérdida del derecho únicamente aplicará al ejercicio fiscal o al mes, respectivamente, en que no se aplicó el estímulo, sin que el mismo pueda aplicarse posteriormente en algún otro ejercicio o mes.
Decreto PODEBI DOF 05/06/2023 Sexto, Décimo, RMF 2.8.3.3.