Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 11.13.1: Aplicación del estímulo en materia del ISR
En pocas palabras
El estímulo en materia de ISR se puede aplicar a los ingresos obtenidos por las actividades económicas productivas del artículo Tercero del Decreto, realizadas al interior de los POINBI. Aplica a partir del ejercicio fiscal en que se obtenga la constancia del artículo Segundo, quinto párrafo. Los beneficios del artículo Sexto, quinto párrafo, se aplican desde la fecha en que se deba presentar el pago provisional del ISR del mes en que se obtenga la constancia.
Preguntas relacionadas
- ¿Desde cuándo puedo aplicar el estímulo de ISR en los POINBI?
- ¿Qué ingresos pueden aplicar el estímulo de ISR en los Polos de Bienestar?
- ¿A partir de qué pago provisional de ISR aplican los beneficios del estímulo en los POINBI?
Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos del artículo Sexto del Decreto a que se refiere este Capítulo, se podrá aplicar el estímulo en materia de ISR, respecto de los ingresos obtenidos por las actividades económicas productivas a que se refiere el artículo Tercero del citado Decreto, realizadas al interior de los POINBI, a partir del ejercicio fiscal en que se obtenga la constancia a que se refiere el artículo Segundo, quinto párrafo del citado Decreto. Los beneficios del estímulo a que se refiere el artículo Sexto, quinto párrafo del aludido Decreto, se podrán aplicar a partir de la fecha en que se tenga la obligación de presentar el pago provisional del ISR que corresponda al mes en el cual se obtenga la constancia a que se refiere el artículo Segundo, quinto párrafo del citado Decreto.
Decreto POINBI DOF 28/06/2024 Segundo, Sexto