Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 11.4.2: Entrega de información de la Secretaría a las entidades federativas por premios pagados
En pocas palabras
La Secretaría informa por oficio a las entidades federativas el monto de los premios pagados en cada una. Con ese dato, cada entidad determina los impuestos locales que le corresponden a ella y, en su caso, a sus municipios. Después pueden pedir a la Federación que se los cubra mediante la compensación permanente de fondos, prevista en la Ley de Coordinación Fiscal y en los convenios de colaboración administrativa de las entidades adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.
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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos de los artículos 33-B, cuarto y último párrafos del CFF y Primero, en relación con el Cuarto, tercer párrafo, ambos del Decreto a que se refiere este Capítulo, la Secretaría informará mediante oficio a las entidades federativas el monto de los premios pagados en cada una de las mismas, a fin de que estas determinen el monto de los impuestos locales que les correspondan a dichas entidades federativas y, en su caso, a sus respectivos municipios, para que soliciten a la Federación les sea cubierto a través del procedimiento de compensación permanente de fondos, a que se refiere el artículo 15, segundo párrafo de la LCF y establecido en la Sección IV de los convenios de colaboración administrativa en materia fiscal federal que tienen celebrados las entidades federativas adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.
CFF 33-B, LCF 15, Decreto DOF 31/10/2025 Primero, Cuarto, Convenios de colaboración administrativa en materia fiscal federal, Sección IV