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Resolución Miscelánea Fiscal para 2026

Regla 11.4.5: Determinación del monto del estímulo

En pocas palabras

Para efectos del artículo 33-B, primer párrafo, fracción IV del CFF y de los artículos Primero y Tercero del Decreto de este Capítulo, el monto del estímulo es lo que las entidades financieras y demás entidades del artículo Primero del Decreto, que participen entregando premios en el Sorteo "El Buen Fin", efectivamente hayan entregado en las cuentas asociadas a los tarjetahabientes o al pago de ventas de las terminales punto de venta de los ganadores. También incluye lo que hayan pagado correcta y oportunamente como aprovechamientos a la Secretaría de Gobernación conforme a la regla 11.4.3., según corresponda.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos de los artículos 33-B, primer párrafo, fracción IV del CFF y Primero, en relación con el Tercero, ambos del Decreto a que se refiere este Capítulo, el monto del estímulo corresponderá a aquellas cantidades que las entidades financieras y demás entidades a que se refiere el artículo Primero del citado Decreto que participen con la entrega de premios en el Sorteo “El Buen Fin”, efectivamente hayan entregado en las cuentas asociadas a los tarjetahabientes o bien, en las cuentas asociadas al pago de ventas generadas por las terminales punto de venta de los ganadores, conforme al citado Decreto, así como a las cantidades que hayan pagado correcta y oportunamente por concepto de aprovechamientos a la Secretaría de Gobernación en términos de la regla 11.4.3., según corresponda.

CFF 33-B, Decreto DOF 31/10/2025 Primero, Tercero, RMF 11.4.3.

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