Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 11.5.1: Complemento de los comprobantes que amparan los servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación
En pocas palabras
Para efectos del artículo Segundo, fracción II del Decreto de apoyo a la vivienda de 2015, los CFDI que amparen servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación deben incorporar la información de los incisos a) y b) de esa fracción. Esa información se captura en el "Complemento Servicios Parciales de Construcción", publicado en el Portal del SAT.
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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos del artículo Segundo, fracción II del Decreto a que se refiere este Capítulo, los CFDI que amparen los servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación, deberán incorporar la información a que se refieren los incisos a) y b), de dicha fracción en el “Complemento Servicios Parciales de Construcción” publicado en el Portal del SAT.
Decreto DOF 26/03/2015 Segundo