Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 11.9.18: Plazos para resolver sobre la inscripción en el Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal para la región fronteriza norte o sur
En pocas palabras
El SAT inscribe en el Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal para la región fronteriza norte o sur a los contribuyentes que presenten el aviso de inscripción en ese Padrón. Deben presentarlo dentro de los plazos establecidos para ello y cumplir los requisitos de los Decretos respectivos. La regla aplica para efectos de los artículos Séptimo y Octavo de los Decretos de la región fronteriza norte y sur que cita.
Preguntas relacionadas
- ¿Cómo me inscribo en el Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal de la región fronteriza?
- ¿Qué requisitos debo cumplir para que el SAT me inscriba en el Padrón de la región fronteriza norte o sur?
- ¿Qué pasa si presento fuera de plazo el aviso de inscripción al Padrón del estímulo fiscal fronterizo?
Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos de los artículos Séptimo, segundo párrafo, fracción I, tercer y último párrafos y Octavo, primer y segundo párrafos del Decreto región fronteriza norte y Séptimo, primer y último párrafos, Octavo, primer y segundo párrafos del Decreto región fronteriza sur, el SAT inscribirá en el Padrón de beneficiarios del estímulo fiscal para la región fronteriza norte o sur, a los contribuyentes que presenten el aviso de inscripción en el citado Padrón, siempre y cuando presenten el aviso dentro de los plazos establecidos para ello y cumplan con los requisitos de los citados Decretos.
Decretos región fronteriza norte DOF 31/12/2018 Séptimo, Octavo, DOF 30/12/2020 Séptimo, Octavo, región fronteriza sur DOF 30/12/2020 Séptimo, Octavo