Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 12.1.1: Inscripción en el RFC de residentes en el extranjero que proporcionen servicios digitales
En pocas palabras
Los residentes en el extranjero que proporcionen servicios digitales y sean sujetos de los artículos citados de las leyes del ISR, del IVA y del IEPS deben solicitar su inscripción en el RFC, conforme a la ficha de trámite 1/PLT del Anexo 2. Esto no aplica a residentes en el extranjero sin establecimiento en México que estén en los supuestos del último párrafo del artículo 18-D de la Ley del IVA y del artículo 2o., fracción II, inciso B), segundo párrafo de la Ley del IEPS, cuando presten los servicios mediante plataformas digitales de intermediación y estas les retengan el impuesto.
Preguntas relacionadas
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- ¿Una empresa extranjera sin establecimiento en México debe inscribirse en el RFC si una plataforma digital de intermediación le retiene el impuesto?
Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos de los artículos 113-C, primer párrafo, fracción I de la Ley del ISR, 18-D, primer párrafo, fracción I de la Ley del IVA, así como 2o., fracción II, inciso B), segundo párrafo y 20-A, primer párrafo, fracciones III, inciso a) y IV, inciso a) de la Ley del IEPS, los sujetos a que se refieren las citadas disposiciones, deberán solicitar su inscripción en el RFC, de conformidad con la ficha de trámite 1/PLT “Solicitud de inscripción en el RFC de residentes en el extranjero que proporcionen servicios digitales, incluyendo los servicios digitales de intermediación entre terceros”, contenida en el Anexo 2.
Lo establecido en el párrafo anterior, no será aplicable tratándose de los residentes en el extranjero sin establecimiento en México, que se ubiquen en los supuestos de los artículos 18-D, último párrafo de la Ley del IVA y 2o., fracción II, inciso B) segundo párrafo de la Ley del IEPS, cuando los servicios se presten a través de plataformas digitales de intermediación y estas les retengan el impuesto.
LISR 113-C, LIVA 18-D, LIEPS 2o., 20-A