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Resolución Miscelánea Fiscal para 2026

Regla 12.1.3: Aviso para designar a un representante legal y proporcionar un domicilio en territorio nacional

En pocas palabras

Los sujetos a que se refieren los artículos citados de las leyes del ISR, del IVA y del IEPS, que se inscriban en el RFC conforme a la regla 12.1.1., deben designar un representante legal y proporcionar un domicilio en territorio nacional, para notificaciones y vigilancia del cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Lo hacen al inscribirse, según la ficha de trámite 1/PLT. Si cambian el domicilio o al representante legal, deben presentar un aviso mediante un caso de aclaración en el Portal del SAT, con los requisitos de los numerales 3, 4 y 5 de esa ficha.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos de los artículos 113-C, primer párrafo, fracción I de la Ley del ISR, 18-D, primer párrafo, fracción VI de la Ley del IVA, así como 2o., fracción II, inciso B), segundo párrafo y 20-A, primer párrafo, fracciones III, inciso a) y IV, inciso a) de la Ley del IEPS, los sujetos a que se refieren las citadas disposiciones, que se inscriban en el RFC conforme a la regla 12.1.1., deberán designar un representante legal y proporcionar un domicilio en territorio nacional, para efectos de notificación y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones fiscales, cuando realicen dicha inscripción, de conformidad con la ficha de trámite 1/PLT “Solicitud de inscripción en el RFC de residentes en el extranjero que proporcionen servicios digitales, incluyendo los servicios digitales de intermediación entre terceros”, contenida en el Anexo 2.

En el caso de que se realice alguna modificación en el domicilio en territorio nacional o de representante legal para efectos de notificación y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones fiscales, se deberá presentar un aviso informando de los mismos mediante un caso de aclaración a través del Portal del SAT, adjuntando los requisitos señalados en los numerales 3, 4 y 5 de la ficha de trámite 1/PLT “Solicitud de inscripción en el RFC de residentes en el extranjero que proporcionen servicios digitales, incluyendo los servicios digitales de intermediación entre terceros”, contenida en el Anexo 2.

LISR 113-C, LIVA 18-D, LIEPS 2o., 20-A, RMF 12.1.1.

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