Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 2.1.14: Documentación en copia simple
En pocas palabras
Para efectos de los artículos 18, 18-A y 19 del CFF, los contribuyentes pueden exhibir en copia simple los documentos que acompañen a sus promociones ante las autoridades fiscales. No aplica si las disposiciones fiscales señalan expresamente que deben exhibirse en original o copia certificada. Las autoridades fiscales pueden, en su caso, solicitar los originales para cotejo.
Preguntas relacionadas
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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos de los artículos 18, 18-A y 19 del CFF, los documentos que se acompañen a las promociones que presenten los contribuyentes ante las autoridades fiscales, podrán exhibirse en copia simple, salvo que en las disposiciones fiscales se señale expresamente que dichos documentos deben exhibirse en original o copia certificada. Las autoridades fiscales podrán, en su caso, solicitar los documentos originales para cotejo.
CFF 18, 18-A, 19