Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 2.1.7: Horario de recepción de documentos
En pocas palabras
Para efectos del artículo 7 del Reglamento del CFF, la oficialía de partes de las unidades administrativas del SAT que sean autoridades fiscales recibe documentos de las 8:00 a las 14:30 horas, salvo lo que expresamente regulen las RGCE. Si una promoción debe presentarse por buzón tributario y el contribuyente lo usa en día inhábil, se tiene por recibida la primera hora del día hábil siguiente. Las entidades federativas coordinadas en términos del artículo 13 de la LCF, como autoridades fiscales federales, podrán considerar estos horarios.
Preguntas relacionadas
- ¿Cuál es el horario de recepción de documentos en la oficialía de partes del SAT?
- ¿Cuándo se tiene por recibida una promoción enviada por buzón tributario en día inhábil?
- ¿Las entidades federativas coordinadas pueden usar el horario de recepción de documentos del SAT?
Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos del artículo 7 del Reglamento del CFF, se estará a lo siguiente:
I. El horario de recepción de documentos en la oficialía de partes de las unidades administrativas del SAT que tengan el carácter de autoridades fiscales, es el comprendido de las 8:00 a las 14:30 horas, salvo lo expresamente regulado en las RGCE.
II. Tratándose de promociones que deban presentarse a través del buzón tributario, cuando el contribuyente haga uso del mismo en día inhábil, las promociones se tendrán por recibidas la primera hora del día hábil siguiente.
Las entidades federativas coordinadas en términos del artículo 13 de la LCF, en su carácter de autoridades fiscales federales podrán considerar los horarios señalados en esta regla.
CFF 12, 13, LCF 13, 14, RCFF 7, RGCE