fundamento

Resolución Miscelánea Fiscal para 2026

Regla 2.16.1: Presentación de la información sobre su situación fiscal

En pocas palabras

Para efectos del artículo 32-H del CFF, los contribuyentes obligados a presentar la información sobre su situación fiscal, incluso la complementaria, necesitan certificado de e.firma y deben enviarla por el Portal del SAT. Obtienen el aplicativo ISSIF (32H-CFF), capturan los datos y llenan el formato que les corresponde de entre doce tipos. Generan un archivo .sb2x que se adjunta a la declaración del ejercicio o complementaria; la fecha de presentación es cuando el SAT la recibe correctamente.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos del artículo 32-H del CFF, los contribuyentes obligados a presentar la información sobre su situación fiscal (ISSIF), incluyendo la presentada en forma complementaria, deberán contar con certificado de e.firma y realizar su envío a través del Portal del SAT, observando el procedimiento siguiente:

I. Obtendrán el aplicativo denominado ISSIF (32H-CFF) para el llenado de la Información sobre su situación fiscal correspondiente al ejercicio fiscal de que se trate, a través del Portal del SAT.

II. Una vez instalado, capturarán los datos generales del declarante, así como la información solicitada en cada uno de los apartados correspondientes, para ello deberán identificar el formato que les corresponde, conforme a lo siguiente:

a) Personas morales en general (incluyendo a las entidades paraestatales de la administración pública federal y a cualquier persona moral residente en México, respecto de las operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero).

b) Instituciones de crédito (sector financiero).

c) Grupos financieros (sector financiero).

d) Casas de cambio (sector financiero).

e) Casas de bolsa (sector financiero).

f) Instituciones de seguros y fianzas (sector financiero).

g) Otros intermediarios financieros (sector financiero).

h) Fondos de inversión (sector financiero).

i) Sociedades integradoras e integradas a que se refiere el Capítulo VI del Título II de la Ley del ISR.

j) Establecimientos permanentes de residentes en el extranjero.

k) Régimen de los coordinados.

l) Régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.

III. La información que se envíe, deberá cumplir con lo dispuesto en los instructivos de integración y de características, y en los formatos guía, que se encuentran para su consulta en el Portal del SAT, de conformidad con el tipo de formato que corresponda.

IV. Se deberá generar un archivo con extensión .sb2x, el cual, se adjuntará a la declaración del ejercicio o, en su caso, a la declaración complementaria y se enviarán de manera conjunta vía Internet. La fecha de presentación, será aquella en la que el SAT reciba correctamente la información correspondiente.

CFF 32-H

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