Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 2.19.5: Descripción detallada del esquema reportable relativo a evitar la aplicación del artículo 4-B de la Ley del ISR, a que se refiere el artículo 199, primer párrafo, fracción II del CFF
En pocas palabras
Los asesores fiscales o los contribuyentes que revelen un esquema reportable para evitar la aplicación del artículo 4-B de la Ley del ISR deben adjuntar un documento en .pdf a las declaraciones informativas de las reglas 2.19.1., 2.19.2. y 2.19.3. En todo esquema, generalizado o personalizado, incluyen un diagrama de las operaciones, antecedentes, argumentos jurídicos, la operación concreta que evita el artículo y su secuencia. En los personalizados añaden fechas, valores, datos de quienes los auxilian y si son partes relacionadas. Si no tienen la información, lo manifiestan bajo protesta de decir verdad, con motivos.
Preguntas relacionadas
- ¿Qué información debo adjuntar al revelar un esquema reportable para evitar el artículo 4-B de la Ley del ISR?
- ¿Qué datos adicionales piden en un esquema reportable personalizado sobre el artículo 4-B del ISR?
- ¿Qué hago si no tengo la información para describir un esquema reportable del artículo 4-B del ISR?
Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos de los artículos 199, fracción II y cuarto párrafo, 200, fracción VI y 201, segundo párrafo del CFF, en las declaraciones informativas a que se refieren las reglas 2.19.1., 2.19.2. y 2.19.3., en las que se revele un esquema reportable relativo a evitar la aplicación del artículo 4-B de la Ley del ISR, los asesores fiscales o los contribuyentes adjuntarán un documento en formato .pdf, con la siguiente información y documentación:
I. Tratándose tanto de esquemas reportables generalizados, como de personalizados:
a) Un diagrama que permita observar todas las operaciones (actos o hechos jurídicos) que forman parte del plan, proyecto, propuesta, asesoría, instrucción y/o recomendación que integran el esquema reportable; el país o las jurisdicciones donde se ubican o ubicarán los sujetos involucrados en el esquema reportable y bajo qué legislación se celebran o celebrarán las operaciones (actos o hechos jurídicos) que forman parte del esquema reportable.
b) Antecedentes y conclusiones que forman parte del contexto del esquema reportable, así como los argumentos jurídicos y las premisas de las cuales parte la interpretación jurídica.
c) Señalar detalladamente mediante qué operación u operaciones (actos o hechos jurídicos), en concreto, se evita o evitará la aplicación del artículo 4-B de la Ley del ISR.
d) Señalar si con motivo de la implementación del esquema reportable, los contribuyentes beneficiados o que prevén obtener el beneficio, se auxilian o auxiliarán de personas físicas, entidades jurídicas o figuras jurídicas en el extranjero o en México para evitar la aplicación del artículo 4-B de la Ley del ISR.
e) Indicar la secuencia en la que se llevan o llevarán a cabo las operaciones (actos o hechos jurídicos) que conforman el esquema reportable.
II. Tratándose de esquemas reportables personalizados, además de lo señalado en la fracción anterior, se deberá revelar, cuando menos, la siguiente información y documentación:
a) Indicar la fecha exacta o fecha aproximada en que se llevaron o llevarán a cabo las operaciones (actos o hechos jurídicos) que integran el esquema reportable. Así como, en su caso, el valor consignado o estimado en dichas operaciones.
b) Si los contribuyentes beneficiados se auxilian o auxiliarán de personas físicas, entidades jurídicas o figuras jurídicas en el extranjero o en México, indicar el nombre de la persona física o el nombre, denominación o razón social de la entidad, así como su clave en el RFC o número de identificación fiscal; país o jurisdicción de constitución; país de residencia;
su actividad o giro y su domicilio. Tratándose de figuras jurídicas, indicar el país o jurisdicción de creación y, en su caso, de registro.
c) En caso de que las personas que participan o participarán en el esquema reportable sean partes relacionadas deberán manifestar dicha situación.
En caso de que el asesor fiscal o el contribuyente no cuenten con la información y documentación señalada en las fracciones anteriores, deberán manifestarlo bajo protesta de decir verdad, exponiendo los motivos y razones de ello.
CFF 199, 200, 201, LISR 4-B, RMF 2.19.1., 2.19.2., 2.19.3.