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Resolución Miscelánea Fiscal para 2026

Regla 2.19.9: Descripción detallada del esquema reportable a que se refiere el artículo 199, primer párrafo, fracción V del CFF

En pocas palabras

Los asesores fiscales o los contribuyentes adjuntan un documento en formato .pdf a las declaraciones informativas de las reglas 2.19.1., 2.19.2. y 2.19.3. En esquemas generalizados y personalizados deben incluir diagrama de operaciones, antecedentes, argumentos jurídicos, uso de convenios para evitar la doble imposición y secuencia de operaciones. En los personalizados se añade más información, como fechas, valores, datos de quienes participan y razón de negocios. Si no tienen algún dato, lo manifiestan bajo protesta de decir verdad, con sus motivos.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos de los artículos 199, fracción V y cuarto párrafo, 200, fracción VI y 201, segundo párrafo del CFF, en las declaraciones informativas a que se refieren las reglas 2.19.1., 2.19.2. y 2.19.3., los asesores fiscales o los contribuyentes adjuntarán un documento en formato .pdf, con la siguiente información y documentación:

I. Tratándose tanto de esquemas reportables generalizados, como de personalizados:

a) Un diagrama que permita observar todas las operaciones (actos o hechos jurídicos) que forman parte del plan, proyecto, propuesta, asesoría, instrucción y/o recomendación que integran el esquema reportable; el país o las jurisdicciones donde se ubican o ubicarán los sujetos involucrados en el esquema reportable y bajo qué legislación se celebran o celebrarán las operaciones (actos o hechos jurídicos) que forman parte del esquema reportable.

b) Antecedentes y conclusiones que forman parte del contexto del esquema reportable, así como los argumentos jurídicos y las premisas de las cuales parte la interpretación jurídica.

c) Señalar detalladamente mediante qué operación u operaciones (actos o hechos jurídicos), en concreto, el residente en el extranjero aplica o aplicará un convenio para evitar la doble imposición suscrito por México, respecto a ingresos que no estén gravados en el país o jurisdicción de residencia fiscal del contribuyente, o bien, que se encuentren gravados con una tasa reducida en comparación con la tasa corporativa en el país o jurisdicción de residencia fiscal del contribuyente.

d) Señalar si con motivo de la implementación del esquema reportable, los contribuyentes beneficiados o que prevén obtener el beneficio se auxilian o auxiliarán de personas físicas, entidades jurídicas o figuras jurídicas en el extranjero o en México para que un residente en el extranjero aplique un convenio para evitar la doble imposición suscrito por México, respecto a ingresos que no estén gravados en el país o jurisdicción de residencia fiscal del contribuyente, o bien, que se encuentren gravados con una tasa reducida en comparación con la tasa corporativa en el país o jurisdicción de residencia fiscal del contribuyente.

e) Indicar la secuencia en la que se llevan o llevarán a cabo las operaciones (actos o hechos jurídicos) que conforman el esquema reportable.

II. Tratándose de esquemas reportables personalizados, además de lo establecido en la fracción anterior, se deberá revelar, cuando menos, la siguiente información y documentación:

a) Indicar la fecha exacta o fecha aproximada en que se llevaron o llevarán a cabo las operaciones (actos o hechos jurídicos) que integran el esquema reportable. Así como, en su caso, el valor consignado o estimado en dichas operaciones.

b) Si los contribuyentes beneficiados se auxilian o auxiliarán de personas físicas, entidades jurídicas o figuras jurídicas en el extranjero o en México, indicar el nombre de la persona física o el nombre, denominación o razón social de la entidad, así como su clave en el RFC o número de identificación fiscal; país o jurisdicción de constitución; país de residencia; su actividad o giro y su domicilio. Tratándose de figuras jurídicas, indicar el país o jurisdicción de creación y, en su caso, de registro.

c) En caso de que las personas que participan o participarán en el esquema reportable sean partes relacionadas deberán manifestar dicha situación.

d) Indicar bajo protesta de decir verdad si el residente en el extranjero que aplica o aplicará un convenio para evitar la doble imposición suscrito por México, respecto a ingresos que no estén gravados en su país o jurisdicción de residencia fiscal, o bien, que se encuentren gravados con una tasa reducida en comparación con la tasa corporativa en el país o jurisdicción de su residencia fiscal, es o será el beneficiario efectivo de los ingresos respecto de los cuales aplica o aplicará dicho convenio.

e) Indicar la disposición del convenio para evitar la doble imposición suscrito por México aplicable.

f) Señalar la razón de negocios y los motivos por los que el residente en el extranjero lleva o llevará a cabo una operación (acto o hecho jurídico) a la cual aplica o aplicará un convenio para evitar la doble imposición suscrito por México, respecto a ingresos que no estén gravados en el país o jurisdicción de residencia fiscal del contribuyente, o bien, que se encuentren gravados con una tasa reducida en comparación con la tasa corporativa en el país o jurisdicción de residencia fiscal del contribuyente.

g) Indicar qué tipo de ingresos se generan o generarán: dividendos, asistencia técnica, intereses, regalías, entre otros. Tratándose de asistencia técnica, se deberá indicar el país o jurisdicción en donde se presta o prestará esta.

h) Datos del residente en el extranjero que aplica o aplicará un convenio para evitar la doble imposición suscrito por México, respecto de ingresos no gravados o gravados a una tasa reducida en el país o jurisdicción de residencia fiscal del contribuyente, tales como, nombre, denominación o razón social, país de residencia, país de constitución, clave en el RFC o número de identificación fiscal, según corresponda, actividad o giro y domicilio.

i) Datos de la actividad o actividades por las que obtiene u obtendrán ingresos:

1. Actividades que se llevan o llevarán a cabo y describir en qué consisten.

2. Fecha en que se llevan o llevarán a cabo.

3. País en que se llevan o llevarán a cabo.

4. Actividades que no se encuentran gravadas en el país de residencia fiscal del residente en el extranjero.

5. Actividades que se encuentran gravadas a una tasa reducida en comparación con la tasa corporativa en el país o jurisdicción de residencia fiscal del contribuyente.

En caso de que el asesor fiscal o el contribuyente no cuenten con la información y documentación señalada en las fracciones anteriores, deberán manifestarlo bajo protesta de decir verdad, exponiendo los motivos y razones de ello.

CFF 199, 200, 201, RMF 2.19.1., 2.19.2., 2.19.3.

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