fundamento

Resolución Miscelánea Fiscal para 2026

Regla 2.3.5: Transferencias electrónicas

En pocas palabras

Para efectos de los artículos 22, séptimo párrafo y 22-B del CFF, el número de cuenta bancaria activa para transferencias electrónicas que se debe proporcionar en el FED, disponible en el Portal SAT, es la CLABE a 18 dígitos. Debe estar debidamente integrado de acuerdo con las disposiciones del Banco de México. La CLABE es la que proporcionan las instituciones de crédito participantes en el SPEI, que administra el Banco de México.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos de los artículos 22, séptimo párrafo y 22-B del CFF, el número de cuenta bancaria activa para transferencias electrónicas debidamente integrado de conformidad con las disposiciones del Banco de México que deberá proporcionarse en el FED, disponible en el Portal SAT, será la CLABE a 18 dígitos proporcionada por las instituciones de crédito participantes en el Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI) que administra el Banco de México.

CFF 22, 22-B

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