fundamento

Resolución Miscelánea Fiscal para 2026

Regla 2.4.3: Clave en el RFC de socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero de personas morales y asociaciones en participación residentes en México

En pocas palabras

Las personas morales y asociaciones en participación residentes en México que tengan socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero no obligados a inscribirse en el RFC, deben anotar para cada uno una clave genérica al solicitar su propia inscripción: EXT990101NI1 y/o EXTF900101NI1, para personas morales y físicas respectivamente. Esto no las exime de presentar la relación de socios extranjeros conforme a la ficha de trámite 39/CFF (Forma Oficial 96), contenida en el Anexo 2.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos del artículo 27, apartado B, fracción I del CFF, las personas morales y las asociaciones en participación residentes en México, que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero que no están obligados a solicitar su inscripción en el RFC, al solicitar su inscripción a dicho registro, consignarán para cada uno de los residentes en el extranjero la clave en el RFC genérica: EXT990101NI1 y/o EXTF900101NI1, para personas morales y físicas respectivamente.

Lo anterior, no exime a la persona moral o al asociante, residentes en México, de presentar ante las autoridades fiscales, la relación de socios extranjeros a que se refiere el artículo 27, apartado A, cuarto párrafo del CFF, en términos de la ficha de trámite 39/CFF “Declaración de relación de los socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero de personas morales residentes en México que optan por no inscribirse en el RFC (Forma Oficial 96)”, contenida en el Anexo 2.

CFF 27

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