Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 2.4.9: Cédula de identificación fiscal y constancia de situación fiscal
En pocas palabras
Para los efectos del artículo 27, apartado C, fracciones VIII y IX del CFF, la cédula de identificación fiscal y la constancia de situación fiscal son las contenidas en el Anexo 1, rubro B, numerales 1. y 1.1., respectivamente. La cédula se puede obtener en el Portal del SAT, en el apartado Trámites y servicios / Más trámites y servicios / Constancias, devoluciones y notificaciones / Constancia de Situación Fiscal / Contenidos relacionados / Cédula de Identificación Fiscal. Para generar la constancia con cédula se siguen los procedimientos de la ficha de trámite 22/CFF.
Preguntas relacionadas
- ¿Dónde puedo obtener mi cédula de identificación fiscal en el portal del SAT?
- ¿Qué ficha de trámite se sigue para generar la constancia de situación fiscal con CIF?
- ¿En qué anexo de la Miscelánea Fiscal están los formatos de la cédula de identificación fiscal y la constancia de situación fiscal?
Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos del artículo 27, apartado C, fracciones VIII y IX del CFF, la cédula de identificación fiscal, así como la constancia de situación fiscal, son las contenidas en el Anexo 1, rubro B, numerales 1. y 1.1., respectivamente. La cédula de identificación fiscal se podrá obtener a través del Portal del SAT, en el apartado Trámites y servicios / Más trámites y servicios / Constancias, devoluciones y notificaciones / Constancia de Situación Fiscal / Contenidos relacionados / Cédula de Identificación Fiscal.
Para la generación de la Constancia de Situación Fiscal con cédula de identificación fiscal, deberá seguir los procedimientos de la ficha de trámite 22/CFF “Constancia de Situación Fiscal con CIF”, contenida en el Anexo 2.
CFF 27