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Resolución Miscelánea Fiscal para 2026

Regla 2.5.5: Personas relevadas de presentar aviso de actualización al Régimen de los Ingresos por Dividendos

En pocas palabras

La autoridad fiscal aumentará al RFC la obligación del régimen de ingresos por dividendos y ganancias distribuidas por personas morales, sin que el contribuyente presente aviso. Aplica a personas físicas inscritas en el RFC, con o sin obligaciones fiscales, que sean socios o accionistas, según información del propio contribuyente, de terceros relacionados u obtenida por la autoridad por otro medio. El contribuyente puede hacer aclaraciones con pruebas que desvirtúen la actualización, conforme a la regla 2.5.8.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos de los artículos 27, apartados A, fracción III, B, fracción II y C, fracción V y 63 del CFF; 29, fracción VII y 30, fracción V, incisos c) y d) del Reglamento del CFF, la autoridad fiscal realizará el aumento de obligaciones al régimen de los ingresos por dividendos y en general por las ganancias distribuidas por personas morales, sin necesidad de que el contribuyente presente el aviso respectivo, cuando las personas físicas inscritas en el RFC con o sin obligaciones fiscales en términos del artículo 27 del CFF, se ubiquen en el supuesto establecido en el apartado A, fracción III de dicho artículo como socio o accionista, derivado de la información proporcionada por el propio contribuyente, terceros relacionados, o bien, obtenida por la autoridad por cualquier otro medio.

El contribuyente podrá formular las aclaraciones correspondientes aportando las pruebas necesarias que desvirtúen la actualización de sus datos en el RFC realizada por la autoridad, en los términos de la regla 2.5.8.

CFF 27, 63, RCFF 29, 30, RMF 2.5.8.

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