fundamento

Resolución Miscelánea Fiscal para 2026

Regla 2.7.1.5: De la generación del CSD

En pocas palabras

Los contribuyentes que deban expedir CFDI generan, con el software “Certifica”, dos archivos: uno con la clave privada y otro con el requerimiento de generación de CSD. Después solicitan su CSD en el Portal del SAT, con su e.firma. Pueden pedir un certificado para su domicilio fiscal y, en su caso, como máximo uno por cada sucursal o establecimiento. Las unidades de transporte usan el CSD del lugar al que estén asignadas.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos del artículo 29, segundo párrafo, fracciones I y II del CFF, los contribuyentes que deban expedir CFDI, deberán generar a través del software “Certifica”, a que se refiere la ficha de trámite 41/CFF “Solicitud del Certificado de sello digital”, contenida en el Anexo

2, dos archivos conteniendo uno la clave privada y el otro el requerimiento de generación de CSD.

Posteriormente, los contribuyentes deberán solicitar a través del Portal del SAT, su CSD. Dicha solicitud deberá contener la e.firma del contribuyente.

Para realizar la solicitud del CSD, los contribuyentes deberán acceder al Portal del SAT. En esta, los contribuyentes podrán solicitar un certificado para la emisión de CFDI en su domicilio fiscal y, en su caso, como máximo uno para cada una de sus sucursales o establecimientos; en el caso de unidades de transporte utilizarán el CSD del domicilio fiscal, sucursal o establecimiento al cual estén asignados.

Los certificados solicitados se podrán descargar y verificar en la sección “Recuperación de certificados” de CertiSAT Web en el Portal del SAT utilizando para ello la clave en el RFC del contribuyente que los solicitó.

CFF 29

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