fundamento

Resolución Miscelánea Fiscal para 2026

Regla 2.7.1.6: Expedición de CFDI a través de la herramienta de facturación gratuita disponible en el Portal del SAT o mediante la aplicación de facturación gratuita para dispositivos móviles

En pocas palabras

Para efectos del artículo 29, segundo párrafo, fracción IV del CFF, los contribuyentes pueden expedir CFDI sin remitirlos a un PCCFDI, siempre que usen la herramienta "Genera tu factura" del Portal del SAT o la aplicación "Factura SAT Móvil" para dispositivos móviles. Quienes usen la aplicación contarán con un lector y un generador de código QR, que contendrá su información fiscal para facilitar la expedición de CFDI.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos del artículo 29, segundo párrafo, fracción IV del CFF, los contribuyentes podrán expedir CFDI sin necesidad de remitirlos a un PCCFDI, siempre que lo hagan a través de la herramienta electrónica denominada “Genera tu factura”, misma que se encuentra en el Portal del SAT, o bien, mediante la aplicación “Factura SAT Móvil”, para dispositivos móviles, que se encuentra disponible en las plataformas de descarga de aplicaciones móviles que se indican en el Portal del SAT.

Los contribuyentes que utilicen la aplicación “Factura SAT Móvil”, contarán con un lector y un generador de código QR, el cual contendrá la información fiscal del contribuyente para facilitar la expedición de CFDI.

CFF 29, LIVA 1o.-A, 32, RMF 2.2.8.

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