Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 2.7.5.8: CFDI por concepto de nómina que deben expedir los patrones que contraten adultos mayores o personas que padezcan discapacidad
En pocas palabras
Para los efectos del artículo 186 de la Ley del ISR, los contribuyentes que quieran aplicar el estímulo fiscal por contratar personas adultas mayores de 65 años o personas que padezcan discapacidad deben cumplir, además de los requisitos de ese artículo, con una obligación adicional. Deben emitir el CFDI de tipo nómina conforme a la “Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento” del Portal del SAT. En el campo “Concepto” del nodo “Percepcion” deben poner la leyenda “Pago de nómina – Adulto mayor” o “Pago de nómina – Certificado discapacidad”, según corresponda, por cada tipo de percepción.
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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos del artículo 186 de la Ley del ISR, los contribuyentes que deseen aplicar el estímulo fiscal por la contratación de personas adultas mayores de 65 años o personas que padezcan discapacidad, además de los requisitos a que se refiere el artículo citado, deberán emitir el CFDI de tipo nómina de conformidad con la “Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento” publicada en el Portal del SAT, en el que deben manifestar en el campo ”Concepto” del nodo “Percepcion” la leyenda “Pago de nómina – Adulto mayor” o “Pago de nómina – Certificado discapacidad”, según corresponda, por cada tipo de percepción de acuerdo al tipo de estímulo que corresponda.
LISR 186