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Resolución Miscelánea Fiscal para 2026

Regla 2.9.14: Presunción de transmisión indebida del derecho a disminuir pérdidas fiscales. Procedimiento para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos

En pocas palabras

Para los efectos del artículo 69-B Bis, cuarto, quinto y séptimo párrafos del CFF, los contribuyentes aportan la documentación e información que consideren pertinente para desvirtuar los hechos que la autoridad les notificó. Deben hacerlo de conformidad con la ficha de trámite 84/CFF, contenida en el Anexo 2.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos del artículo 69-B Bis, cuarto, quinto y séptimo párrafos del CFF, los contribuyentes aportarán la documentación e información que consideren pertinente para desvirtuar los hechos notificados, de conformidad con la ficha de trámite 84/CFF “Documentación e información para desvirtuar la presunción de la transmisión indebida del derecho a disminuir pérdidas fiscales establecida en el artículo 69-B Bis del CFF”, contenida en el Anexo 2.

CFF 69-B Bis

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