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Resolución Miscelánea Fiscal para 2026

Regla 3.1.22: Transferencia de fondos y rendimientos del fondo de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad de una institución a otra

En pocas palabras

Esta regla remite a otra norma. Para los efectos del artículo 71, fracción I del Reglamento de la Ley del ISR, el aviso de transferencia de fondos y rendimientos del fondo de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad de una institución a otra debe presentarse como indica la ficha de trámite 31/ISR, contenida en el Anexo 2.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos del artículo 71, fracción I del Reglamento de la Ley del ISR, el aviso deberá presentarse de conformidad con lo establecido en la ficha de trámite 31/ISR “Aviso de transferencia de fondos y rendimientos del fondo de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad de una institución a otra”, contenida en el Anexo 2.

LISR 29, CFF 17-D, RLISR 71

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