fundamento

Resolución Miscelánea Fiscal para 2026

Regla 3.10.1.15: Concepto de partes relacionadas para donatarias autorizadas y medio para presentar información

En pocas palabras

Las donatarias autorizadas para recibir donativos deducibles del ISR deben informar al SAT sobre sus operaciones con partes relacionadas o donantes, y sobre los servicios que les contraten o los bienes que les adquieran en el mismo ejercicio, conforme a la ficha de trámite 22/ISR del Anexo 2. La regla define partes relacionadas (participación directa o indirecta en administración, capital o control; en asociaciones en participación, sus integrantes y sus partes relacionadas) y donante (quien transmite gratuitamente efectivo o bienes a una organización civil o fideicomiso autorizado).

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos de los artículos 82, fracción VIII y 151, fracción III, último párrafo de la Ley del ISR, las donatarias autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la misma Ley deberán informar al SAT respecto de las operaciones que celebren con partes relacionadas o donantes, así como los servicios que les contraten o de los bienes que les adquieran, correspondientes en el mismo ejercicio, en términos de la ficha de trámite 22/ISR “Informe relativo a operaciones realizadas con partes relacionadas o donantes”, contenida en el Anexo 2.

Para los efectos del párrafo anterior, se estará a lo siguiente:

I. Se considera que dos o más personas son partes relacionadas, cuando una participa de manera directa o indirecta en la administración, el capital o el control de la otra, o cuando una persona o un grupo de personas participe directa o indirectamente en la administración, el control o el capital de dichas personas. Tratándose de asociaciones en participación, se consideran como partes relacionadas sus integrantes, así como las personas que conforme a esta fracción se consideren partes relacionadas de dicho integrante.

II. Se considera donante a aquel que transmite de manera gratuita, efectivo o bienes a una organización civil o a un fideicomiso autorizado para recibir donativos deducibles del ISR en los mismos términos y requisitos que señala la Ley del ISR.

LISR 82, 151

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